I

Al muy prepotente don Juan el segundo,
aquél con quien Júpiter tuvo tal zelo,
que tanta de parte le fizo del mundo
quanta a sí mesmo se hizo del çielo;
al grand rey d´España, al Çésar novelo,
al que con Fortuna es bien fortunado,
aquél en quien caben virtud e reinado;
a él, la rodilla fincada por suelo,

Juan de Mena, 1444

            II

tus casos falaçes, Fortuna, cantamos,
estados de gentes que giras e trocas;
tus grandes discordias, tus firmezas pocas,
y los qu´en tu rueda quexosos fallamos.
Fasta que al tempo de agora vengamos
de fechos pasados cobdicia mi pluma
y de los presentes fazer breve suma,
y dé fin Apolo, pues nos començamos.

Juan de Mena, 1444

            III

Tú, Calïope, me sey favorable,
dándome alas de don virtuoso,
y por que discurra por donde non oso,
conbida mi lengua con algo que fable.
Levante la Fama su boz inefable,
por que los fechos que son al presente
vayan de gente sabidos en gente;
olvido non prive lo que es memorable.

Juan de Mena, 1444

            IV

Como no creo que fuessen menores
que los d´Afrricano los fechos del Çid,
nin que feroçes menos en la lid
entrasen los nuestros que los agenores,
las grandes façañas de nuestros señores,
la mucha constançia de quien los más ama,
yaze en teniebras, dormida su fama,
dañada d´olvido por falta de auctores.

Juan de Mena, 1444

            V

La gran Babilonia, que uvo cercado
la madre de Nino de tierra cozida,
si ya por el suelo nos es destruida,
¡Quánto más presto lo mal fabricado!
E si los muros que Febo a travado
argólica fuerça pudo subverter,
¿qué fábrica pueden mis manos fazer
que no faga curso segund lo passado?

Juan de Mena, 1444

            VI

E ya, pues, desrama de tus nuevas fuentes
en mí tu subçidio, inmortal Apolo;
aspira en mi boca por que pueda sólo
virtudes e viçios narrar de potentes.
A estos mis dichos mostradvos presentes,
o fijas de Tespis, con vuestro thesoro,
y con armonía de aquel dulçe choro
suplid cobijando mis inconvenientes.

Juan de Mena, 1444

            VII

Pues dame liçençia, mudable Fortuna,
por tal que blasme de ti como devo.
Lo que a los sabios non deve ser nuevo
inoto a persona podrá ser alguna;
e pues que tu fecho así contrapuna,
fas a tus casos como se concorden,
ca todas las cosas regidas por orden
son amigables de forma más una.

Juan de Mena, 1444

            VIII

La orden del cielo exemplo te sea:
guarda la mucha costancia del Norte;
mira el Trión, que ha por deporte
ser inconstante, que siempre rodea;
e las siete Pleyas que Atlas otea,
que juntas parescen en muy chica suma,
siempre s´esconden venida la bruma;
cada qual guarde qualquier ley que sea.

Juan de Mena, 1444

            IX

¿Pues, cómo, Fortuna, regir todas cosas
con ley absoluta sin orden te plaze?
¡Tú non farías lo qu´el cielo faze,
e fazen los tiempos, las plantas e rosas?
O muestra tus hobras ser siempre dañosas,
o prósperas, buenas, durables, eternas;
non nos fatigues con vezes alternas,
alegres agora e agora enojosas.

Juan de Mena, 1444

            X

Mas bien acatada tu varia mudança,
por ley te goviernas, maguer discrepante,
ca tu firmeza es non ser constante,
tu temperamento es distemperança,
tu más cierta orden es desordenança,
es la tu regla seer muy enorme,
tu conformidat es non ser confforme,
tú desesperas a toda sperança.

Juan de Mena, 1444